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Resumen del procedimiento

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Solicitudes para las autorizaciones de venta y almacenamiento de armas y munición en Armerías.

  1. Autorización para la venta y almacenamiento de armas y/o cartuchería en una nueva armería.
  2. Baja de la actividad en una armería ya existente.
  3. Modificación de una autorización ya concedida

TRAMITACIÓN

Se tramitan conforme al artículo 46 del vigente Reglamento de armas, aprobado por el Real decreto 137/93, de 29 de enero (BOE núm. 55, de 05/03/1993) modificado por el R.D. 726/2020, de 4 de agosto, y al artículo 103.1 del Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, aprobado por el Real decreto 989/2015, de 30 de octubre (BOE núm. 267, de 07/11/2015).

DOCUMENTACIÓN

  1. La documentación necesaria para solicitar la baja de la actividad en una armería ya existente será la siguiente:
    1. Solicitud motivada indicando este hecho.
  2. La documentación necesaria para solicitar la autorización inicial de la actividad o la modificación de una autorización ya concedida será la siguiente:
    1. Si NO se incluye almacenamiento de cartuchería según el artículo 103.1 del Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre:
      1. Solicitud motivada indicando las cantidades de almacenamiento solicitadas.
      2. Resolución de aprobación de las medidas de seguridad del establecimiento emitida por la Dirección General de la Guardia Civil.
      3. Resolución de reconocimiento de armero emitida por la Dirección General de la Guardia Civil
      4. Tasa modelo 790, código 056 (únicamente para la autorización inicial).
    2. Si SÍ se incluye almacenamiento de cartuchería según el artículo 103.1 del Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre:
      1. Solicitud motivada indicando las cantidades de almacenamiento solicitadas.
      2. Resolución de aprobación de las medidas de seguridad del establecimiento emitida por la Dirección General de la Guardia Civil.
      3. Resolución de reconocimiento de armero emitida por la Dirección General de la Guardia Civil
      4. Tasa modelo 790, código 056 (únicamente para la autorización inicial).
      5. Otros:
        1. Acreditación de que dispone de un seguro de responsabilidad civil en vigor que cubra la actividad de venta y almacenamiento de cartuchería y pólvora.
        2. Proyecto realizado por persona competente en la materia.
        3. Certificados y justificantes:
          • Certificado de Instalación Eléctrica, suscrito por un instalador en baja tensión que pertenezca a la empresa instaladora.
          • Justificante de la presentación, ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, al objeto de la inscripción de la instalación eléctrica en el correspondiente registro.
          • Certificado de la empresa instaladora del sistema de protección contra incendios, emitido por un técnico titulado competente designado por la misma, en el que se hará constar que la instalación se ha realizado de conformidad con lo establecido en la reglamentación vigente y de acuerdo al proyecto o documentación técnica.
          • Justificante de la presentación, ante el órgano competente de la comunidad autónoma, al objeto de la inscripción de la instalación de protección contra incendios en el correspondiente registro.

En el supuesto de solicitudes de modificaciones dónde no se requieran realizar cambios en dichas instalaciones, se sustituirán los certificados y justificantes anteriores por una declaración responsable del solicitante declarando no ser necesario realizar modificaciones en la instalación y no haber realizado modificaciones con respecto al proyecto autorizado en su día.

        1. Contrato de mantenimiento de la instalación de protección contra incendios.
        2. Declaración responsable del titular del cumplimiento de la ITC 12 sobre eliminación de residuos y material defectuoso del Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre.
        3. Protocolo interno relativo a la eliminación de residuos y material defectuoso según lo establecido en la ITC 12 del Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre.

ÓRGANO RESPONSABLE

El Delegado del Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente.

CONSULTAS / ACLARACIONES

Para cualquier consulta, no duden en ponerse en contacto con:

personal_sanciones.alava@correo.gob.es

 

Acceder al procedimiento en línea

Inicia sesión a través del DNI-e, certificado digital o con cl@ve.

Rellenar el formulario

Rellena los datos solicitados, adjunta la documentación requerida para el procedimiento y envía la solicitud.

Comprobar el estado del expediente

Puedes comprobar el estado y las notificaciones del expediente de tu solicitud en "Área privada".

Consulta de Unidades y Oficinas en DIR3

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Oficinas de Registro Cl@ve

Información sobre las Oficinas de Registro Cl@ve

Registro Electrónico General

Acceso al Registro Electrónico General

  1. Elija el procedimiento a partir del menú superior, o del que aparece en el pie.
  2. Autenticarse tras pulsar sobre el botón ACCEDA que le conduce al acceso por Cl@ve.
  3. Tras autenticarse por alguno de los métodos de Cl@ve se le dará acceso a un formulario.
  4. Cumplimentar el formulario correspondiente.
  5. La aplicación les informará por correo electrónico del inicio de su procedimiento tras acabar el trámite.
  6. Tras acabar el trámite, la aplicación les puede proporcionar un justificante de registro y una copia (auténtica) de solicitud con un CSV (Código Seguro de Verificación).
  7. Posteriormente en el menú Mis expedientes podrá recuperar su solicitud, las comunicaciones, Requerimientos o Resolución, etc.

El Registro Electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y un número de registro para la identificación de la transacción.

Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web del Ministerio de Política Territorial que garantiza el no repudio de los datos aportados por el solicitante. Es muy importante guardar el fichero.

 Puede validar la firma electrónico del resguardo emitido por el Registro electrónico mediante la plataforma valide

En la pestaña "Mis expedientes" del menú principal de la sede electrónica puede ver un listado con las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una de ellas. Para aquellos expedientes que no encuentre en dicha pestaña, debe acceder al procedimiento "Consulta de mis expedientes".

Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura la identidad del que establece la comunicación telemática y si se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han sido modificados, así como la identidad del firmante.

Por ejemplo, en la página web de CERES encontrará información sobre lo que es un certificado digital.

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